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a hospital de mujeres, la Real Audiencia
estimó conveniente atenerse al trámite que
siguiera esta solicitud.
Como se sabe en
1767
el Rey de España
había ordenado la expulsión y extrañamiento
de los jesuitas de todos sus dominios y la
confiscación de sus bienes. En cada una
de las provincias de la India se crearon
Juntas especiales llamadas de Temporalidades
destinadas a entender en todo lo concerniente
a la venta y aplicación de dichos bienes,
presididas por el Gobernador, e integradas
por el Obispo, el oidor decano de la Real
Audiencia, el fiscal y el protector de indios.
Entre los bienes de los jesuitas figuraba la casa
del Noviciado de San Francisco de Borja. Este
colegio había sido fundado por los hermanos
Francisco y Gonzalo Ferreira que ingresaron a la
Compañía de Jesús e hicieron donación de toda
fortuna con la cual se adquirió una casa, una viña
y dos molinos. En este sitio se instaló en
1646
,
el Noviciado jesuita, bajo la advocación de San
Francisco de Borja, casa que pasó a formar parte
del patrimonio del gobierno español en
1767
,
administrado por la Junta de temporalidades.
Esta era la posesión que solicitaba el Cabildo
de Santiago para hospital de mujeres. En su
presentación al Conde de Aranda hacía notar
la Corporación que “se hace sentir vivamente
no haya más de una (casa) donde se curen los
enfermos y que aún en la que Vuestra Majestad
mantiene a cargo de los religiosos del orden de
San Juan de Dios, encuentran algún alivio suele
muchas ocasiones no alcanzar el auxilio de las
camas para todos, especialmente en tiempos de
viruelas, enfermedad para la gente del país tan
formidable” y que toda esta situación tendría
fácil acomodo “con que la piedad de Vuestra
Majestad se digne concederle a este Cabildo
de casa que servía del noviciado de los Padres
de la compañía, sumamente proporcionada a
este santo fin. Ella está situada en los extremos
de esta ciudad y por esto cuando goza de
aires puros, es difícil contagien a los sanos;
tiene huertos proporcionados a la hortaliza y
hierbas medicinales: una buena acequia de
agua, requisito esencial para un hospital: hay
una Iglesia con moderados adornos y toda
la vivienda necesaria, no sólo para salas de
enfermos sino también para capellanes y demás
menesteres necesarios para el consuelo, alivio
y comodidad de los enfermos”.
Además solicitaba el Cabildo que también se le
adjudicase al nuevo hospital la quinta de la
finca en Ñuñoa y la hacienda Las Tablas que
pertenecían al Noviciado.
Por su parte, el Conde de Aranda acogió la
petición del Cabildo y el
17
de octubre de
1772
,
ordenó a la Junta de Temporalidades tenerla
presente en la aplicación del Noviciado y que
oyendo a la Corporación, resolviese. En efecto,
así procedió la Junta, pues en dos ocasiones
solicitó informe del Cabildo el cual se asesoró
de los médicos de la ciudad para determinar la
planta del nuevo hospital, los sueldos de los
funcionarios y el gasto diario por cama.
La planta y sueldos propuestos fueron los que
se indica:
4
capellanes con..........................$
300
anuales
1
médico con...............................$
300
anuales
1
cirujano con..............................$
150
anuales
1
barbero con..............................$
100
anuales
1
boticario con............................$
1.000
y
obligación de surtir la botica