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establecidas en el CMTC, en las que es necesario
avanzar. Entre éstas es pertinente destacar:
•
Medidas de reducción de la demanda relativas
a la dependencia y al abandono del tabaco
.
El artículo 5-2b, establece para cada Parte, la
obligación de elaborar políticas apropiadas
para prevenir y reducir el consumo de taba-
co, la adicción a la nicotina y la exposición
al humo de éste. En el artículo 14, el tratado
establece en forma perentoria que cada Parte
deberá incorporar el diagnóstico y tratamiento
de la dependencia del tabaco y también ser-
vicios de asesoramiento para el abandono del
consumo.
A este respecto es posible afirmar que nuestro
país muestra los índices de consumo de tabaco
más altos de la región, y no hay un programa
estructurado a nivel nacional de apoyo a la ce-
sación, se conocen sólo experiencias aisladas,
no coordinadas, no comparables, ni oficial-
mente validadas.
•
Comisión Coordinadora de Control del ta-
baco:
Artículo 5, Obligaciones generales, 2
letra a). Éste establece que cada Parte deberá
establecer o reforzar y financiar un mecanismo
coordinador nacional o centros de coordinación
para el control del tabaco. Hoy, es de suma
relevancia, mejorar el nivel de coordinación
entre los todos los actores involucrados
en el control del tabaco, incluyendo las
áreas gubernamentales de Salud, Educación,
Hacienda, Economía, y Sociedad Civil.
•
Control del Comercio Ilícito
: El artículo 15,
aborda el comercio ilícito de cigarrillos y
productos de tabaco, lo que es de sumo inte-
rés para nuestro país. En febrero de 2016 se
promulgó la ley 20.899, que establece una
nueva normativa para la implementación de
un sistema de trazabilidad para los cigarrillos
producidos e importados, autorizados para ser
comercializados en Chile. El Reglamento para
implementar el sistema de trazabilidad, debió
ser publicado en agosto del presente año, y
transcurridos 5 meses aún no se ha publicado.
Cabe destacar que en noviembre de 2012, la
Conferencia de las Partes, adoptó el “Proto-
colo para la eliminación del comercio ilícito
de tabaco”
5
, definido como un tratado inde-
pendiente complementario al CMCT, que fue
negociado por los Estados Partes del Convenio
y que tendrá vigencia solo para aquellos que
lo ratifiquen. Este Protocolo está actualmente
a la espera de ser adoptado por un número de
Partes suficientes para entrar en vigor.
A la fecha de este informe, aún no ha sido fir-
mado por nuestro país y dada la relevancia del
tema, parece conveniente sugerir que las auto-
ridades competentes consideren su suscripción
y posterior ratificación.
Desde la entrada en vigencia del CMCT de la
OMS, se han generado en nuestro país cambios
evidentes, tanto en el comportamiento de la
población en cuanto al respeto a los ambientes
libres de humo, al consumo de tabaco en escola-
res y adultos jóvenes
6
, como también a los que se
refieren a la publicidad y advertencias sanitarias
en los envases. Sin embargo, parece urgente y ne-
cesario evaluar objetivamente los logros alcanza-
dos, avanzar en los temas pendientes e identificar
las necesidades actuales para readecuar las estra-
tegias a la nueva realidad y seguir progresando
para lograr el control de la epidemia del tabaco y
la reducción de sus nefastas consecuencias en la
salud de la población de nuestro país.
Bibliografía
1.- La epidemia de tabaquismo: Washington, D.C.: -OPS,
©1999, pág. 93 Disponible en:
www.paho.org2.- Información sobre CMTC disponible en
http://www. who.int/fctc/es/3.- La Tabla de Contenidos del CMTC, se estructura del
siguiente modo: Prefacio; Preámbulo; Parte I: Introduc-
ción; Parte II: Objetivos, principios básicos y obligacio-
nes generales; Parte III: Medidas relacionadas con la
reducción de la demanda del tabaco; Parte IV: Medidas
relacionadas con la reducción de la oferta de tabaco;
Parte V: Protección del medio ambiente; Parte VI: Cues-
tiones relacionadas con la responsabilidad; Parte VII:
Cooperación técnica y científica y cooperación de infor-
mación; Parte VIII: Arreglos institucionales y recursos
financieros; Parte IX: Solución de controversias; Parte X:
Desarrollo del Convenio; parte XI: Disposiciones finales.
4.- Modificaciones a estas normativas en
http://www.bcn.cl5.- Ver protocolo en
http://apps.who.int/iris/bitstre am/10665/80881/1/9789243505244_spa.pdf6. Estudios de Consumo de Población general y escolar
http://www.senda.gob.cl/observatorio/estudios/Correspondencia a:
Dra. Marisol Acuña A.
Email: SOLACUNA200
6@gmail.com
M. AcuñaA.
Rev Chil Enferm Respir 2017; 33: 180-182