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Enfermedades respiratorias laborales en Chile.

Ley 16.744

Gustavo Contreras T.*, Bernardita Torrealba J.** y Mauricio Salinas F.***

Work related respiratory diseases in Chile – Law 16.744

Since 1968 Chile has two separate systems to manage the health problems of Chileans. One is de-

voted to prevent and care for all kind of diseases, from gestation to death, and the other one is devoted

exclusively to work-related diseases and accidents. The last one has been very successful in lowering

the work related accidents below 5%, rate that is similar to those of developed countries. The system

has been replicated in other Latin-American countries. Occupational diseases, on the other hand, had

been neglected by the system (although not in its design). The current article visit the most relevant

aspects of the system and focus on the role of respiratory diseases specialists in the diagnosis and ma-

nagement of work related respiratory diseases.

Key words:

Occupational diseases, lung diseases, legal aspects.

Resumen

Desde 1968 Chile cuenta con dos sistemas paralelos para manejar los problemas de salud de la

población. Uno está orientado a prevenir y curar todo tipo de enfermedades, desde la gestación hasta

la muerte; el otro está diseñado para preocuparse de las enfermedades y accidentes relacionados con

la actividad laboral. Este último sistema ha sido muy exitoso en disminuir la accidentabilidad laboral,

la que se ubica actualmente bajo el 5%, frecuencia similar a la observada en países desarrollados.

Este sistema ha sido copiado en otros países de Latinoamérica. Las enfermedades ocupacionales han

sido descuidadas por el sistema, aun cuando fueron adecuadamente consideradas en el cuerpo legal.

El presente artículo presenta los aspectos más relevantes de este sistema y destaca el papel de los es-

pecialistas en enfermedades respiratorias en el diagnóstico y manejo de las enfermedades respiratorias

ocupacionales.

Palabras clave:

Enfermedades ocupacionales, enfermedades respiratorias, aspectos legales.

* Unidad de Salud Ocupacional, Clínica Río Blanco.

** Servicio de Medicina del Trabajo. Hospital del Trabajador, Asociación Chilena de Seguridad.

***Instituto Nacional del Tórax. Facultad de Medicina Universidad de Chile.

Rev Chil Enf Respir 2014; 30: 27-34

SALUD OCUPACIONAL

Desde el 1° de febrero de 1968, Chile cuenta

con dos sistemas paralelos para la atención de los

problemas de salud de la población. El creado en

esa fecha está específicamente orientado a preve-

nir y curar accidentes y enfermedades provocadas

por la actividad productiva de las personas. El

resto de las patologías, denominadas “comunes”,

están cubiertas por el Sistema Nacional de Servi-

cios de Salud, los Institutos de Salud Previsional

(Isapres) y el Fondo Nacional de Salud (Fonasa).

El sistema creado por la Ley 16.744 que “Es-

tablece Normas Sobre Accidentes del Trabajo y

Enfermedades Profesionales”

1

ha sido tan exitoso

en lograr una reducción drástica de la accidenta-

lidad en Chile, que ha sido adoptado por países

vecinos como Argentina, Colombia y Perú.

En lo medular, esta Ley crea un seguro fi-

nanciado por los empleadores con un monto

equivalente al 0,9% del sueldo mensual de cada

trabajador contratado (Artículo 15, Ley 16.744.

Tabla 1), el que debe prevenir y curar en forma

oportuna y eficaz cualquier accidente o enferme-

dad causada por la actividad laboral.

La Ley 16.744 tiene peculiaridades que son