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declararla en el formulario

ad-hoc

conocido

como “Declaración Individual de Enfermedad

Profesional” o DIEP, y derivar al afectado a la

mutualidad correspondiente.

Diagnóstico de las enfermedades

respiratorias profesionales

El diagnóstico de las enfermedades profesiona-

les tiene algunas peculiaridades producto del ca-

rácter legal que se les atribuye y de los requisitos

necesarios para obtener la cobertura del seguro.

En primer lugar se debe tener presente que la

“declaración, evaluación, reevaluación y revisión

de las incapacidades permanentes serán de ex-

clusiva competencia de los Servicios de Salud”

(Artículo 58, Ley 16.744. Tabla 1), lo que debe

interpretarse como que sólo dichos organismos

tienen la facultad de declarar que un trabajador

padece una enfermedad profesional que le ocasio-

na incapacidad permanente. Así, por ejemplo, el

diagnóstico de silicosis sólo puede ser efectuado

por una de las Comisiones de Medicina Preventi-

va e Invalidez (COMPIN) distribuidas a lo largo

de Chile, por la Comisión Médica de Reclamos

(COMERE) o la Superintendencia de Seguridad

Social (SUSESO).

En segundo lugar, los criterios diagnósticos y

de evaluación del grado de incapacidad generado

por una enfermedad determinada están especifi-

cados en diversos documentos. El principal es la

Circular 3G40 del 14 de marzo de 1983

4

la que se

complementa, en lo que se refiere a las enferme-

dades respiratorias provocadas por el trabajo, con

el “Manual de Bronconeumopatías Ocupaciona-

les” elaborado por el Ministerio de Salud y publi-

cado en 1981

5

. Por ejemplo, si bien el diagnóstico

médico de silicosis puede efectuarse mediante

una biopsia pulmonar o mediante una tomografía

axial computada; los cuerpos legales establecen

que el diagnóstico se hará cuando la enfermedad

esté visible en la radiografía de tórax

6

y la histo-

ria de exposición laboral a sílice sea ‘suficiente’

(no indica que se entiende por ‘suficiente’). Sur-

gen aquí una serie de consideraciones respecto

de si la disposición legal contenida en la Circular

3G40 es correcta o no, y al debate, nuestra espe-

cialidad podría aportar la información científica

que permita sostener una u otra postura.

En 2013 el Ministerio de Salud comenzó el

trabajo de actualizar el “Manual de Bronconeu-

mopatías Ocupacionales”, reemplazándolo por

una “Guía de Prevención, Diagnóstico y Manejo

Enfermedades Respiratorias Relacionadas con el

Trabajo”, que pretende incorporar los conceptos

actuales sobre guías de práctica clínica.

Evaluación de la incapacidad producida por

las enfermedades respiratorias ocupacionales

Las disposiciones legales no se actualizan con

la velocidad que lo hace el conocimiento cientí-

fico, debido al proceso administrativo que hay

detrás de cada una de ellas. La misma circular

3G40 que instruye cómo realizar el diagnóstico

de algunas enfermedades respiratorias, especifica

cómo ha de evaluarse la incapacidad producida

por ellas. Volviendo al ejemplo de la silicosis,

establece que la combinación de dos parámetros

constituye el eje central de la valoración del gra-

do de incapacidad producido por la enfermedad.

Uno de los índices es la radiografía de tórax,

la que debe obtenerse e informarse de acuerdo

a las recomendaciones de la Organización Inter-

nacional de Trabajo (OIT)

7

. Las interpretaciones

acerca de cómo debe entenderse esta parte de la

disposición, es materia de controversia a la que

nuestra especialidad podría aportar información.

La importancia que se le concede a la radiografía

de tórax en los programas de pesquisa de trabaja-

dores expuestos a agentes neumoconiógenos (síli-

ce, asbesto, carbón) es indiscutible, dado que tiene

una alta sensibilidad a bajo costo. Pero la que se

le otorga en la evaluación de incapacidad parece

sobrevalorada. En primer lugar no se toma en

cuenta la gran capacidad del pulmón para resistir

el daño provocado por la silicosis, lo que explica

que la enfermedad progrese desde el grado leve al

avanzado en la radiografía, sin que aparezcan sín-

tomas respiratorios. Así y todo, es la progresión

radiográfica la determinante principal del grado

de incapacidad provocado por la enfermedad. Más

aun, es posible observar trabajadores en etapa de

fibrosis masiva progresiva con enormes masas que

comprometen ambos pulmones, y que por ende

son catalogados también con una incapacidad

mayor, absolutamente asintomáticos. Por otro

lado, la interpretación de las imágenes visibles en

la radiografía no es unívoca, por lo que siempre

debiera recurrirse a exámenes complementarios

para realizar un diagnóstico diferencial adecuado.

El otro índice utilizado para evaluar el grado

de incapacidad provocado por la silicosis es la

espirometría basal, valorada según las ecuaciones

de Kory y cols

8

. Documentos oficiales posteriores

establecen que se debe utilizar los valores de re-

ferencia de Knudson y cols

9

, aunque se reconoce

éstos tampoco son adecuados para los trabaja-

dores y trabajadoras chilenos/as. En cuanto se

comenzó a utilizar las ecuaciones de Knudson y

cols., aparecieron publicaciones que pusieron en

evidencia la inconveniencia de utilizar valores de

referencia obtenidos en población anglosajona a

G. Contreras T. et al.

Rev Chil Enf Respir 2014; 30: 27-34